Pulen en Congreso la ley contra ciberacoso; amplían enfoque y protección a menores

PUEBLA, Pue. 03 Julio 2025.- Esther Martínez Romano durante Sesión Ordinaria del Congreso del Estado. //Mireya Novo/Agencia Enfoque//

Una propuesta de reforma al artículo 480 del Código Penal del Estado de Puebla, que redefine el delito de ciberacoso, revela que el Congreso local alista ajustes clave para actualizar la legislación en materia de violencia digital.
La iniciativa que trascendió por fuentes periodísticas, propone pulir el tipo penal, pasando de una redacción genérica —centrada en insultos y agravios— a una descripción más precisa, que considera como ciberacoso los actos reiterados o sistemáticos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa, cuando estos perturben la vida cotidiana, vulneren la privacidad o afecten la integridad emocional o física de una persona.
Uno de los cambios más relevantes es que la autoridad deberá valorar el contexto de los hechos para determinar si existe el delito.
Además, cuando la víctima sea niña, niño, adolescente, persona con discapacidad, o exista una relación de subordinación o confianza, el delito se perseguirá de oficio, lo cual elimina la necesidad de que la víctima interponga una denuncia para iniciar el proceso penal.
En cuanto a las sanciones, la propuesta plantea una reducción en la pena mínima, que pasaría de once a seis meses de prisión, manteniendo el máximo en tres años.


Sin embargo, cuando se trate de víctimas menores de edad, se prevé un aumento de la pena desde una tercera parte de la mínima hasta dos terceras partes de la máxima.
Otro ajuste importante es la eliminación de la frase que presume el daño a la dignidad en personas en desarrollo psicoemocional y físico.
En su lugar, se establece una sanción agravada más objetiva y clara, sin basarse en criterios subjetivos.
Asimismo, el texto incorpora una exclusión explícita para proteger el derecho a la libertad de expresión.
No se considerará ciberacoso cuando se trate de opiniones o manifestaciones orientadas al interés público, el debate democrático, el periodismo o el escrutinio hacia autoridades, siempre que se mantengan dentro del marco constitucional.
El proyecto legislativo contempla que, una vez aprobado, el decreto se publique en el Periódico Oficial del Estado y entre en vigor al día siguiente.
También se ordena derogar cualquier disposición que contravenga lo establecido en esta reforma.
De concretarse, estos cambios darían mayor claridad jurídica al delito de ciberacoso y reforzarían la protección a grupos vulnerables, en un contexto donde la violencia digital es cada vez más frecuente y dañina.